Nueva ley de Seguridad Vial

En la mayoría de casos la perdida de puntos se produce por infracciones de exceso de velocidad. El siguiente gráfico explica, cómo y cuantos puntos (y dinero) se pierden con cada una de las infracciones:

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Para comparar la nueva ley con la actual, aquí tenéis otro gráfico que explica las diferencias en cuanto a sanciones por exceso de velocidad se refiere:

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La perdida de puntos se relaja en los primeros tramos sancionables, pero a costa de un mayor precio en las multas. A simple vista podría decirse que es una medida para que la gente pueda seguir corriendo y el estado seguir recaudando dinero, ya que si la gente se queda sin carné de conducir, no puede seguir infringiendo la ley y por consecuencia, seguir pagando multas.

Otra de las novedades de esta ley es en cuanto a la notificación de las multas, que a partir de la aprobación se hará por correo electrónico obligatoriamente para las personas jurídicas, y optativamente para las personas físicas. Esta norma promete ahorrar a tráfico unos 19,9 millones de euros en servicios postales.

También habrá ciertas infracciones que hasta ahora quitaban puntos y que pasarán a ser solo sancionables, como aparcar en una curva, un cambio de rasante, un túnel o carril bus. Tampoco quitarán puntos no llevar los papeles del coche, ni llevar avisadores de radar.

También cambian los supuestos en cuanto a la inmovilización de vehículos:

  • Un coche sin seguro quedará bloqueado (estando en la calle y localizado por los agentes).
  • Circular sin seguro o circular en moto sin casco, el vehículo quedará inmovilizado.
  • También se inmovilizará el vehículo cuando el conductor se niegue a realizar la prueba de alcoholemia
  • Cuando el vehículo presente graves deficiencias.
  • Vía: polimalo

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